Servicio 03
Curatelas y Discapacidad
Tramitamos las medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad (antes tutelas e incapacidades), acompañando a las familias en todo el procedimiento y en las obligaciones posteriores del curador.
La reforma introducida por la Ley 8/2021 ha transformado el antiguo sistema de tutelas e incapacidades en un modelo basado en el respeto a la voluntad, los deseos y las preferencias de la persona con discapacidad. La curatela, en sus modalidades representativa o meramente asistencial, es hoy la principal figura de apoyo cuando la persona no puede tomar por sí sola determinadas decisiones.
Preparamos la solicitud judicial de medidas de apoyo con toda la documentación médica y social necesaria, acompañamos a la familia en la vista y en la aceptación del cargo, y asistimos posteriormente al curador en sus obligaciones periódicas: inventario inicial, rendiciones de cuentas anuales, autorizaciones judiciales para actos de disposición y rendición final tras el fallecimiento.
Nuestra prioridad es que la persona con discapacidad reciba el apoyo estrictamente necesario, sin sustituir su voluntad más allá de lo imprescindible, y que el familiar que asume la responsabilidad cuente con asesoramiento constante para cumplir con seguridad sus obligaciones legales.
Solicitud judicial de medidas de apoyo a personas con discapacidad y tramitación de la curatela.
Preparación de la demanda con toda la documentación médica y social necesaria.
Aceptación del cargo, inventario inicial y rendiciones de cuentas anuales ante el Juzgado.
Autorizaciones judiciales para actos en nombre del discapaz: venta de inmuebles, aceptación de herencias, interposición de acciones, etc.
Rendición final de cuentas ante el Juzgado tras el fallecimiento del discapaz.
Asesoramiento en autotutela, poderes preventivos y planificación anticipada de apoyos.
Cómo trabajamos
El proceso, paso a paso
Un método claro y previsible para que en todo momento sepa qué está ocurriendo con su asunto y qué será lo siguiente.
01
Primera reunión
Nos reunimos con usted, escuchamos su situación y revisamos la documentación aportada. Le explicamos el marco legal aplicable de forma clara y sin tecnicismos innecesarios.
02
Estudio y estrategia
Analizamos la viabilidad del asunto, los riesgos y las alternativas —extrajudiciales y judiciales— y le entregamos un presupuesto detallado con las distintas opciones que puedan existir.
03
Negociación previa
Siempre que sea posible, buscamos primero una solución negociada que ahorre tiempo, coste emocional y económico, y evite la incertidumbre de un procedimiento judicial.
04
Defensa judicial
Si no se alcanza un acuerdo o el asunto lo requiere desde el principio, preparamos y defendemos su caso ante los Juzgados y Tribunales con rigor, firmeza y comunicación constante.
Preguntas frecuentes
Lo que suelen preguntarnos
Respuestas generales a las dudas más habituales. En su primera reunión resolveremos las que se refieren específicamente a su caso.
¿Cuánto tarda un procedimiento de curatela?
Depende del Juzgado y de la complejidad del caso, pero habitualmente entre seis y doce meses desde la presentación de la demanda hasta la sentencia.
¿Qué obligaciones tiene el curador una vez nombrado?
Debe elaborar un inventario inicial de bienes, rendir cuentas anualmente y solicitar autorización judicial para determinados actos de disposición o especialmente relevantes.
¿Puede la propia persona proponer quién le apoye en el futuro?
Sí. Mediante la autotutela o los poderes preventivos ante Notario, se puede designar por anticipado a la persona de confianza que asuma el apoyo si algún día es necesario.
¿Necesita asesoramiento en curatelas y discapacidad?
Concierte una primera reunión sin compromiso para valorar su caso.